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La SCJN invalida Ley de Contratación en Publicidad por “violar proceso legislativo”

La SCJN consideró que el procedimiento legislativo no respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este jueves la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Contratación de Publicidad, la cual fue presentada por el Senador Ricardo Monreal en noviembre de 2020 y aprobada en abril de 2021.

Por mayoría de 8 votos de sus 11 integrantes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la legislación que fue publicado el 3 de junio de 2021.

Del análisis sobre la constitucionalidad del procedimiento legislativo correspondiente, el Pleno coincidió en que el Congreso de la Unión “trasgredió los artículos 71 y 72 de la Constitución Federal, por violaciones al procedimiento legislativo, específicamente al principio de deliberación informada y democrática, así como a los derechos que asisten a las minorías parlamentarias”.

En particular, la Suprema Corte resolvió que se violó el procedimiento legislativo, principalmente, por las siguientes razones:

–El procedimiento legislativo no respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria en condiciones de libertad e igualdad, ya que no se permitió tanto a las mayorías como a las minorías parlamentarias expresar y defender su opinión en un contexto de deliberación pública.

–El procedimiento deliberativo, no culminó con la correcta aplicación de las reglas de votación establecidas; toda vez que la celebración de sesiones simultáneas impactó no solo en la calidad del debate, sino en la privación del derecho de un senador para expresar su voto; además de que las votaciones se dieron sin un conocimiento oportuno e informado de los respectivos dictámenes.

–No existen o no fueron exhibidas, ni localizadas las actas que respaldan la certeza y transparencia de las sesiones de las Comisiones Unidas que dictaminaron la iniciativa del proyecto de decreto en la Cámara de Senadores, lo que afecta la condición de publicidad del proceso legislativo.

El Pleno de la SCJN determinó que el procedimiento legislativo definido en la Ley Fundamental es la base del régimen democrático y no un mero formalismo, por lo que el órgano legislativo está obligado a observar y proteger los principios de legalidad, representatividad y democracia deliberativa.

La SCJN explicó que al haberse invalidado el decreto mencionado y, por tanto, al haber cesado sus efectos, se determinó “sobreseer en una diversa controversia constitucional que en contra de la misma disposición promovió el Instituto Federal de Telecomunicaciones”.

Crédito: SIN EMBARGO

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