Política

Tribunal Electoral desecha impugnación de MC en contra del proceso interno de Morena

En una cerrada votación, la Sala Superior considera que los diputados emecistas Jorge Álvarez Maynez y Salomón Chertorivski carecen de interés jurídico para impugnar la convocatoria del Consejo Nacional de Morena.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó esta tarde un Juicio de Protección de los Derechos Políticos de la Ciudadanía interpuesto por los diputados de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez y Salomón Chertorivski, en contra del acuerdo del Consejo Nacional de Morena con el que se dio inicio a sus precampañas presidenciales adelantadas, al que dicho partido llama “proceso de selección de la Coordinación de Defensa de la Transformación”.

Los diputados alegaban que el acuerdo “para que de manera imparcial, democrática, unitaria y transparente se logre profundizar y dar continuidad a la cuarta transformación de la vida pública de México” es una vulneración a la ley, al dar pie a un proceso que implica actos anticipados de precampaña y, por tanto, vulnera el principio de equidad en el proceso electoral 2023-2024.

El proyecto de acuerdo de la magistrada Mónica Soto proponía admitir a estudio el SUP-JDC-224/2023; sin embargo, la mayor parte de los magistrados presentes en la sesión consideraron que los diputados de MC no acreditaron que pudieran ser afectados por el acuerdo del órgano partidista de Morena.

La magistrada proponía aceptar la legitimidad de los diputados Jorge Álvarez Maynez y Salomón Chertorivski, pues a pesar de no ser militantes del partido político Morena, sí acreditaron que dicho acuerdo puede vulnerar sus derechos políticos y las condiciones de equidad en el proceso electoral 2023-2024.

En ese sentido, Soto proponía entrar al fondo del asunto y declarar que no el acuerdo de Morena no implica actos anticipados de precampaña.

Posturas de las y los magistrados

En contraste, el magistrado Indalfer Infante aseguró que MC no tiene legitimación para impugnar el acuerdo del Consejo Nacional de Morena, pues no son militantes del partido y no acreditan el interés jurídico que la magistrada Soto sí consideraba satisfecho.

Felipe Fuentes coincidió en que no se cumple el principio de admisibilidad del recurso, por la falta de interés jurídico de los diputados en el acuerdo de Morena.

El magistrado José Luis Vargas, en cambio, respaldó el proyecto de Mónica Soto, que consideraba que el Juicio Electoral es admisible, pues los quejosos sí acreditan que el acuerdo tiene que ver con algo más allá de la vida interna de Morena y puede tener alguna afectación a la ciudadanía en general.

La magistrada Janine Otalora consideró que el pleno debía considerar la procedencia, para poder estudiar el fondo del asunto que, recordó, busca clarificar si el proceso convocado por Morena “para que de manera imparcial, democrática, unitaria y transparente se logre profundizar y dar continuidad a la cuarta transformación de la vida pública de México” es, en realidad, una simulación de un proceso de
precampaña.

El magistrado presidente de la Sala Superior, Reyes Rodríguez, se manifestó en el mismo sentido de los magistrados Infante y Fuentes, en contra de aceptar la procedencia del Juicio Electoral iniciado por los
diputados de MC.

Rodríguez explicó que, además del JDC en estudio, Movimiento Ciudadano y otros actores políticos han promovido otros recursos legales en contra del proceso interno de Morena y sus aspirantes a la
“Coordinación de la Defensa de la Transformación”, mismos que están siendo investigados por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral y han sido objeto de medidas
cautelares por parte de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.

“Me parece que la improcedencia en este caso no implica una negación de justicia, ni estamos ante un exceso de formalismo jurídico”, dijo.

Además, recordó que la Sala Superior revisará muy pronto medidas cautelares emitidas por el INE, como parte del SUP-REP-180/2023, en el que se deberá pronunciar sobre la probable realización de actos
anticipados de precampaña y campaña por parte de Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Adán Augusto López, Ricardo Monreal, Manuel Velasco y Gerardo Fernández Noroña.

Luego de que se pronunció el magistrado presidente, fue votado el proyecto de la magistrada Mónica Soto. Al no estar presente el magistrado Felipe de la Mata, se registró un empate de tres a favor y tres en contra. Finalmente, con el voto de calidad del magistrado presidente Reyes Rodríguez, el proyecto fue desechado.

Crédito: ANIMAL POLÍTICO

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