La Presidencia consideró que existen elementos suficientes para señalar la falta de probidad y la actuación por demás sospechosa del Fiscal de Morelos durante el tiempo que ha permanecido en su cargo, lo que ha generado un ambiente de impunidad y desgobierno en esa entidad.
La Presidencia de la República reprobó el falló de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el caso contra el Fiscal General de Morelos, Uriel Carmona, donde determinó que no puede ser procesado.
“Consideramos que existen elementos suficientes para señalar la falta de probidad y la actuación por demás sospechosa del Fiscal de Morelos durante el tiempo que ha permanecido en su cargo, lo que ha generado un ambiente de impunidad y desgobierno en esa entidad”, consideró la Presidencia en un comunicado.
El día de ayer, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por mayoría de votos la controversia constitucional 151/2021, donde determinó que el Fiscal general del estado de Morelos no puede ser procesado por la presunta comisión de delitos federales debido a que cuenta con inmunidad o fuero constitucional.
El Gobierno federal se dijo extrañado por la resolución de la Corte en el caso del Fiscal y puso como ejemplo que el pasado miércoles 5 de julio, la Fiscalía General de la República (FGR) solicitó al Poder Judicial Federal se fijara la fecha de audiencia para imputación y vinculación a proceso de Uriel Carmona y que, una semana después, la SCJN resolvió una controversia admitida hace 20 meses para concluir que el fiscal de Morelos goza de fuero constitucional y no puede ser sometido al imperio de la justicia.
“Resulta igualmente atípica la actuación del Juez de control a cargo de la causa que, tras ocho días, sigue sin atender la solicitud de la FGR de fijar fecha y ordenar la comparecencia del fiscal de Morelos a la audiencia inicial”, destacó la Presidencia.
El Gobierno federal señaló que el fuero constitucional del Fiscal General de Morelos solo es aplicable para el caso de delitos federales, en términos del artículo 111, párrafo 5º de la Constitución, y no así de delitos del fuero común, como es el caso de las carpetas de investigación atraídas por la FGR en su contra por la posible comisión de delitos contra la procuración y administración de justicia previstos en el Código Penal para el Estado de Morelos.
“Debe señalarse que la Constitución Política de Morelos dispone en su artículo 136 que, para proceder penalmente en contra del fiscal general del estado, no se requiere que el Congreso local emita un pronunciamiento al respecto; por lo que la FGR tiene facultades de investigar y perseguir delitos del fuero común en contra del fiscal de Morelos, quien no puede escudarse en el fuero constitucional para estos casos, como tampoco puede el juez de control ignorar su obligación de proceder conforme a derecho”, detalló.
La Presidencia reprobó la resolución de la SCJN en este caso: “No aceptamos que impere la protección y la impunidad de las autoridades responsables de impartir justicia cuando está de por medio la seguridad y la protección de las y los ciudadanos”.
Al Fiscal de Morelos, Uriel Carmona Gándara, lo han perseguido los señalamientos desde su nombramiento en febrero de 2018, en el último tramo de la administración del exgobernador perredista Graco Ramírez Garrido Abreu, a quien acusaron de imponerlo en la Fiscalía General de Justicia del Estado para cubrirle la espalda luego de una gestión que ha estado en la mira de las autoridades por distintas irregularidades.
Desde entonces, Carmona Gándara también ha protagonizado sus propias polémicas. Ha enfrentado un proceso de desafuero, acusaciones del Gobernador Cuauhtémoc Blanco que lo vinculan con el crimen organizado, ligas que también fueron exhibidos en un reporte de inteligencia naval enviado al Ejército Mexicano y filtrado por el grupo de hackers “Guacamaya”, así como denuncias de simulación frente a casos como el asesinato del activista Samir Flores. Él lo niega todo.
De igual manera las investigaciones que ha emprendido la dependencia que encabeza han estado marcadas por distintas inconsistencias, como el feminicidio de Ariadna Fernanda López ocurrido en noviembre de 2022, donde en un principio la Fiscalía determinó que la causa de la muerte de la joven había sido una “broncoaspiración por consumo de alcohol”. A ello se suman las carpetas que “están en el olvido”, como la de las familias Thirión y Trejo, quienes piden que sus casos se conozcan para que el dolor que viven no lo pasen más personas.
Crédito: SINEMBARGO