Un Juez ampara a restauranteros de CdMx, y ahora se podrá fumar mientras otros comen
Fue el pasado 15 de enero cuando entró en vigor un nuevo reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco que prohíbe fumar en espacios públicos 100 por ciento libres de humo y en otros lugares de concurrencia colectiva, como estadios, plazas, parques, playas y hasta hoteles. Sin embargo, la Canirac asegura que dicha ley no protege a no fumadores, sino que afecta a restauranteros.
La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) dio a conocer que obtuvo la suspensión definitiva contra el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, la cual entró en vigor el pasado 15 de enero de 2023, luego de que considerara que afecta al sector restaurantero de la Ciudad de México.
Según la Canirac, lo anterior “impactó directamente en la industria restaurantera”, debido a que inhabilitó por completo su operación sobre las zonas de fumar.
“La nueva norma no protege más a las personas no fumadoras, sino que genera una serie de restricciones y prohibiciones en la industria, que tienen como propósito limitar el ejercicio de otros derechos humanos, como el que se obligue a discriminar y a negar el servicio a clientes”, según otro punto del texto.
Por medio de un comunicado de prensa, la Cámara detalló que fue el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito el que concedió a la CANIRAC la “suspensión definitiva del decreto”, que entre otras cosas, contemplaba la prohibición de prestación de servicios o consumo de alimentos y bebidas en zonas destinadas para fumar.
Con esta resolución, “se suspende la aplicación de la reforma al reglamento para aquellos restaurantes afiliados a la Cámara”, siempre y cuando demuestren su afiliación y cuenten con licencia vigente, además que cumplan con el reglamento de Control de Tabaco previo a la reforma que entró en vigor este año.
Para la validez de la suspensión, los restauranteros deberán realizar un proceso a través de la página de la Canirac y obtener una copia de la resolución.
“Uno de los principales objetivos de la Canirac s velar por los intereses de nuestros afiliados y del sector restaurantero. Hoy más que nunca tenemos claro que somos una industria fuerte y unida. Esta suspensión es el resultado del trabajo conjunto que llevamos a cabo día a día”, declaró Germán González, presidente nacional de la Cámara.
Con esta medida anulada, la Canirac dijo que contempló la “la facultad de defender, representar y promover los intereses de la industria restaurantera”.
Fue el pasado 15 de enero cuando entró en vigor un nuevo reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco que prohíbe fumar en espacios públicos 100 por ciento libres de humo y en otros lugares de concurrencia colectiva, como estadios, plazas, parques, playas y hasta hoteles.
“GIGANTES DEL TABACO USAN A JUECES PARA OPERAR A SU ANTOJO”
Desde que se promovió el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, donde se prohibe exhibir los productos libremente, se han presentado alrededor de 600 amparos en su contra por distintas empresas, que utilizan este recurso jurídico como una estrategia para bloquear políticas que favorecen a la salud pública, acusaron organizaciones de la sociedad civil.
En conferencia de prensa, Salud Justa y el Poder del Consumidor reportaron que se han presentado más de 600 amparos contra los ambientes libres de humo y contra la prohibición de exhibición del producto en los puntos de venta. Aunque en su mayoría, estos amparos han sido desechos por el Poder Judicial de la Federación, existen casos en los que se ha otorgado una suspensión definitiva a favor de empresas como las tiendas de conveniencia Oxxo a finales de febrero.
“Hacemos un llamado al Poder Judicial a que no ceda ante los grandes intereses de las empresas y las corporaciones y sus intereses comerciales”, indicó Javier Zúñiga, coordinador del área legal de El Poder del Consumidor. “Este tipo de mecanismos, de abusos que han hecho las empresas con el uso del Poder Judicial como una forma de delatar y aplazar las políticas para el control de tabaco, las políticas de salud, de salud alimentaria, no es nuevo”.
El abogado expuso que desde al menos el 2008 se han registrado este tipo de prácticas, cuando se presentaron cientos de amparos en contra de la Ley de Protección de la Salud de los No Fumadores en la Ciudad de México, y luego en 2013 con el impuesto sobre bebidas azucaradas.
A esto se suman ahora, más recientemente, los amparos promovidos desde que en 2020 se aprobó la legislación sobre etiquetado frontal en productos empaquetados y ahora las disposiciones en la Ley General para el Control del Tabaco.
En casi todos los casos, los amparos se han resuelto en contra de las empresas, pero siguen recurriendo a este recurso porque permite aplazar la implementación de las medidas dispuestas en la ley, señalaron Salud Justa y el Poder del Consumidor.
Esta ha sido la situación con el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco, el cual entró en vigor a mediados de enero y prohíbe consumir cigarros en restaurantes, estadios, bares y discotecas, así como la exhibición y publicidad de cualquier producto con tabaco en puntos de venta y comercios.
“Se han presentado más de 600 amparos, tanto en contra de los ambientes libres de humo y de emisiones, como contra la prohibición de la exhibición de productos en puntos de venta. Y es importante también puntualizar que en nueve de cada 10 amparos, se ha negado la suspensión a la industria, a los restauranteros, a las cadenas comerciales”, señaló Erick Antonio Ochoa, director de Salud Justa.
A nivel mundial, el tabaquismo es la primera causa de muerte prevenible, y en México mata a 63 mil 200 personas anualmente. Además, “cuesta más de 116 mil millones por año” –el 9.3 por ciento del gasto total anual en materia de salud– “para la atención médica en hospitales y centros de salud de las patologías que provoca, incluyendo cánceres, enfermedad pulmonar obstructiva crónica y afecciones cardiovasculares”, reportaron las asociaciones.
Crédito: SINEMBARGO