Clausuran nueve centros de vuelo en Teotihuacán por irregularidades en operación de globos aerostáticos

Autoridades estatales clausuraron nueve centros de despegue de globos aerostáticos en las inmediaciones de la Zona Arqueológica de Teotihuacán tras detectar diversas irregularidades durante un operativo de verificación. La acción tuvo lugar luego de múltiples incidentes, incluido el más reciente ocurrido el pasado 23 de mayo, cuando un globo de la empresa Sky Balloons se desplomó en la colonia centro de San Martín de las Pirámides, dejando 14 personas lesionadas.
El operativo, realizado la mañana de este miércoles, fue encabezado por personal del Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México (Inveamex), Protección Civil, la Secretaría General de Gobierno y la Policía Municipal de San Martín de las Pirámides, quienes iniciaron las inspecciones desde las 6:00 horas. Se realizaron aproximadamente 18 visitas a centros de operación, y se determinó suspender actividades en aquellos que incumplían con los requisitos establecidos.
Entre las principales anomalías se encontraron la falta de dictámenes de Protección Civil y la ocupación de áreas superiores a los 3 mil metros cuadrados para el despegue de los globos. Las empresas clausuradas fueron Balloons Paradise, Vuelos y Festivales Aerostat, Globo Tours Osorio, Happy Puerto, Volar en Globo, Aventura en Globo, Volaré Contigo, Sky Balloons y Flying, todas ubicadas en el perímetro de San Martín de las Pirámides.
Actualmente, la Agencia Federal de Aviación Civil y los gobiernos municipales de Teotihuacán y San Martín de las Pirámides trabajan en la instalación de una comandancia para atender de forma integral las problemáticas derivadas de esta actividad turística.
En estos dos municipios operan un total de 24 empresas que ofrecen vuelos en globo sobre la zona arqueológica. Estas deben cumplir con una serie de requisitos, entre ellos: licencia de uso de suelo, licencia de funcionamiento, dictamen de Protección Civil y aviso de funcionamiento ante la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (COPRISEM).
Además, las unidades de transporte utilizadas por las empresas no deben exceder los 20 kilómetros por hora al circular dentro del circuito de la zona arqueológica. Los operadores también están obligados a contar con acta constitutiva y/o Registro Federal de Contribuyentes, así como con el Registro Nacional de Turismo.