Política

Insiste Gobernadora panista que migrantes deben ser atendidos “exclusivamente por Federación”

Ciudad de México-.

María Eugenia Campos Galván, Gobernadora panista del Estado de Chihuahua, declaró de nueva cuenta ésta mañana del 14 de abril que el Gobierno Federal debe asumir “exclusivamente” la responsabilidad de la atención a la población migrante que se encuentra actualmente en México y aún más en la fronteriza Ciudad Juárez.

“Yo quiero enviarle un mensaje a los juarenses de su Gobernadora, de que este tema migratorio compete única y exclusivamente al gobierno federal, hemos estado haciendo llamadas, yo en lo personal con el gobierno federal y lo único que hemos tenido de regreso, es que no hay tiempo para atender el tema o que mejor trate el tema directamente con Francisco Garduño quien todos sabemos que ahorita no está en funciones, y todo esto dicho por escrito“, declaró la Gobernadora María Eugenia Campos Galván cuando fue cuestionada sobre cómo intervendría el Gobierno del Estado de Chihuahua ante la tragedia ocurrida en el albergue del Instituto Nacional de Migración el pasado 27 de marzo del año en curso.

En este sentido la exdiputada federal y exalcaldesa capitalina señaló que fue Gobierno del Estado es quien asumió los gatsos de traslado y de hospitalización de los migrantes, declarando textualmente: “fue gobierno del estado quien se encargó de realizar las necropsias, pagó los gastos de hospitalización de muchos de nuestros hermanos migrantes, fue gobierno del estado quien pagó los traslados, etc”.

Cabe destacar que desde el año 2022 la Gobernadora ha construido un discurso en el cual se delinda de la responsabilidad y de las facultades que atañen a la entidad que gobierna dado que desde el 23 de julio del 2016 (y cuya última reforma fue realizada el 2 de febrero del 2022) existe una Ley de Protección y Apoyo a Migrantes para el Estado de Chihuahua en la cual se establecen las responsabilidades, entre ellas:

Artículo 2-. Establecer políticas públicas en materia de atención y apoyo a migrantes, con especial
atención en las personas o grupos en situación de vulnerabilidad.

Artículo 3-. Recibir los servicios y prestaciones de los programas de atención a migrantes conforme a
sus reglas de operación.

Artículo 5-. La aplicación e interpretación de la presente Ley, corresponde a la Secretaría y a los
Ayuntamientos,
en el ámbito de su competencia (con lo cual se faculta también a los municipios para atender a los migrantes que se encuentren en su territorio independientemente de su estatus migratorio).

Artículo 9-. I Prestar servicios de asistencia social y promover el retorno voluntario de los migrantes con sujeción a los ordenamientos jurídicos aplicables y a las normas técnicas relativas y la reintegración a sus comunidades de origen.
VIII. Fomentar y apoyar las acciones de las instituciones de los sectores público, social y privado, cuyo objeto sea la prestación de servicios de asistencia social y, en general, de atención y
apoyo a los migrantes.
IX. Promover y fomentar la operación de albergues o establecimientos públicos y privados de
atención y apoyo a migrantes.
X. Proporcionar alimentación, servicios médicos, alojamiento, vestido, asistencia jurídica, de
orientación social y, en su caso, servicios de transportación y funerarios
.
XI. Proporcionar atención, asesoría y protección a migrantes víctimas de delitos
XIII. Coadyuvar con el Gobierno Federal en la prevención y erradicación del tráfico de migrantes

Y aunque haya una Ley Estatal la cual la faculta y aún más la compromete a dar cumplimiento a la misma, en la cual se establece claramente que cómo Gobierno debe atender a los migrantes mediante la presupuestación de un recurso etiquetado para servicios, asistencia social, vestido, salud y otros rubros necesitados por los migrantes que cruzan por Chihuahua María Eugenia Campos Galván se desentiende de su responsabilidad como Jefa Política de aquella entidad, siendo Chihuahua una entidad clave en el tema migratorio.

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