La SCJN turna al Ministro González Alcántara la controversia constitucional del INAI
Por mayoría de ocho votos, el Pleno desechó el proyecto que proponía declarar inexistente esa omisión.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) turnó este viernes al Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, la controversia constitucional presentada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), contra el Senado de la República.
González Alcántara fue uno de los ocho ministros que votaron contra el proyecto de Loretta Ortiz Ahlf, quien proponía declarar que el Senado no había incurrido en omisión de designar a tres comisionados faltantes del órgano constitucional autónomo, porque había realizado algunos actos tendentes a ocupar estas vacantes, e incluso designó a dos comisionados, que fueron vetados por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Una vez turnado el caso, el nuevo ponente tendría que proponer una sentencia en la que se aclaren cuáles eran los efectos de haber declarado que existía la omisión del Senado por no concretar los nombramientos de los tres comisionados faltantes del órgano constitucional autónomo, de los que se requería al menos uno para que el Pleno del INAI completara el quórum legal para sesionar.
Por ocho votos a favor y tres sufragios en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mantuvo la controversia constitucional presentada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), contra el Senado de la República.
Ante ello, el proyecto Loretta Ortiz Ahlf tendría que turnarse a otro ministro para que elaborara una nueva propuesta, que no podría ser discutida antes de septiembre de 2023, después del receso de sesiones del máximo tribunal constitucional.
Los ministros que votaron en contra del proyecto fueron: Norma Lucía Piña Hernández, Luis María Aguilar Morales, Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez Potisek, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán y Juan Luis González Alcántara Carrancá. Los que sufragaron en contra fueron: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa.
Por considerarla sin fundamento, la ministra Loretta Ortiz Ahlf propuso a sus homólogos del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechar la controversia constitucional presentada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, contra el Senado de la República.
Ello contra el veto del presidente Andrés Manuel López Obrador, del 15 de marzo del presente año, al nombramiento de los comisionados Rafael Luna Alviso y Ana Yadira Alarcón Márquez, quienes fueron elegidos, por mayoría calificada en la Cámara alta del Congreso de la Unión, el día 1 del mismo mes y año.
El 6 de julio de 2023, el Pleno de la SCJN votó, por unanimidad, para que la ministra Ortiz Ahlf entregara a más tardar en 10 días hábiles, su proyecto de resolución a la controversia constitucional del INAI contra la Cámara alta del Congreso de la Unión.
Entre sus argumentos, la ministra Ortiz Ahlf señaló que no existía una omisión legislativa en el Senado, por “el simple hecho de que no haya una integración” y consideró que los integrantes de la Cámara alta del Congreso de la Unión llevaron a cabo intentos para designar a los comisionados.
“No se ha podido materializar la completa integración, por falta de un consenso político sobre cuál es la persona idónea para ocupar el cargo”, señaló la ministra Ortiz Ahlf,en su proyecto con el expediente 280/2023, que sólo requeriría la mayoría de seis votos de 11 sufragios posibles, para ser aprobado o rechazado.
El 12 de abril de 2023, el Pleno de la SCJN turnó a la ministra Ortiz Ahlf, la controversia constitucional presentada por el INAI, contra el veto del Presidente López Obrador al nombramiento de los comisionados Rafael Luna Alviso y Ana Yadira Alarcón Márquez, quienes fueron elegidos, por mayoría calificada en el Senado de la República.
Ortiz Ahlf negó, el 24 de abril de 2023, la solicitud del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para que con sólo cuatro de sus siete comisionados, pudiera tener el quórum legal con el que podría sesionar el Pleno del órgano constitucional autónomo.
Desde el 31 de marzo de 2023, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se quedó sin quórum requerido para sesionar. Tras la salida de Francisco Javier Acuña Llamas, el Pleno de dicho órgano constitucional autónomo se quedó con sólo cuatro comisionados.
“Reconocemos la determinación de la mayoría del Pleno del Alto Tribunal, una muestra del sistema de pesos y contrapesos que refrenda su papel como salvaguarda de la democracia constitucional. Reiteramos nuestro compromiso con las y los mexicanos para continuar defendiendo los derechos que tutelamos”, escribió, en su cuenta de la red social Twitter, Blanca Lilia Ibarra Cadena, presidenta del INAI, tras la resolución de la SCJN.
“Saludamos la decisión de la @SCJN que recupera el mandato constitucional de asegurar la integración completa del pleno del @INAImexico y permitirle funcionar a plenitud como órgano garante de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales”, tuiteó, por su parte, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH).
“Reconocemos las posturas que han señalado la necesidad de que el pleno del @INAImexico pueda sesionar con su composición actual y se concreticen las designaciones faltantes de las personas comisionadas. Esperamos los efectos de la decisión se adopten a la brevedad posible”, agregó la ONU-DH, en otro tuit.
Crédito: SINEMBARGO